El procedimiento, sin letra pequeña

Cómo funciona el proceso, paso a paso

Trabajamos con particulares y autónomos que han llegado a un punto en el que los ingresos no dan para atender las cuotas. Aquí tienes el recorrido completo: quién puede acogerse, qué pasa en cada fase, cuánto tarda y qué necesitamos de ti.

Para quién es

Quién puede acogerse

Si has dejado de pagar o sabes que vas a dejar de hacerlo, o si ya te están embargando la nómina, no estás solo y no es el final del camino. La Ley de Segunda Oportunidad está pensada exactamente para esta situación.

El procedimiento está abierto a personas físicas: particulares y también autónomos, con o sin actividad en marcha. A grandes rasgos se exige actuar de buena fe, que la deuda tenga un origen ordinario y no fraudulento, y que exista una insolvencia real, actual o inminente. No hace falta haber tocado fondo ni haberlo perdido todo: basta con que las cuentas no salgan y no vayan a salir. Cada caso se valora individualmente y quien resuelve es el juzgado, así que lo primero es mirar los números concretos. Tienes cada requisito explicado en quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, y si eres autónomo, en las deudas del negocio y las personales.

Las deudas con Hacienda y la Seguridad Social tienen límites de exoneración: no siempre se cancelan por completo. En la consulta te explicamos qué parte de tu deuda entra y qué parte no.

  • Tarjetas revolving y líneas de crédito
  • Préstamos personales con bancos y financieras
  • Microcréditos y créditos rápidos
  • Deudas con proveedores y avales personales

El proceso en detalle

Los cuatro pasos, en detalle

Del primer teléfono a la resolución del juzgado hay cuatro fases, y conviene saber qué pasa en cada una para no ir a ciegas.

1. Analizamos tu caso

Escuchamos tu situación en un primer estudio de viabilidad, sin coste y sin compromiso: qué deudas tienes, con quién, desde cuándo y qué ingresos entran en casa. Con eso te decimos con franqueza si la Ley de Segunda Oportunidad encaja en tu caso o si hay otra vía mejor.

En esa primera conversación no hace falta que traigas nada preparado. Basta con que nos cuentes por encima cuánto debes, a cuántos acreedores y qué entra en casa cada mes. A partir de ahí somos nosotros los que preguntamos, porque hay detalles que casi nadie menciona por su cuenta y que cambian el planteamiento: si alguien te avaló, si hay bienes a medias con otra persona, si has vendido algo en los últimos años o si parte de la deuda es con Hacienda o la Seguridad Social.

El resultado de este paso es una respuesta clara: tienes caso y este es el escenario probable, o no lo tienes y estas son las alternativas. Si vemos que el procedimiento no te conviene, te lo decimos y ahí acaba. No aceptamos casos que no vemos viables.

2. Preparamos la documentación

Si cumples los requisitos, te acompañamos a reunir todos los documentos y a ordenar el listado de acreedores. Revisamos que las cifras cuadren para que el expediente llegue al juzgado completo y sin errores que retrasen el procedimiento.

Aquí es donde más se atasca la gente cuando lo intenta por su cuenta. El listado de acreedores tiene que estar completo y con importes correctos: si falta un acreedor, su deuda puede quedar fuera de la exoneración. Por eso cruzamos lo que tú nos cuentas con el informe CIRBE del Banco de España, que recoge lo que las entidades han declarado a tu nombre, y con tus extractos bancarios.

Te vamos pidiendo los documentos por tandas, no todos de golpe, y te decimos exactamente dónde se consigue cada uno. Lo que no puedas obtener, lo solicitamos nosotros.

3. Iniciamos el proceso legal

El despacho de abogados presenta la solicitud ante el juzgado y gestiona todo el procedimiento: comunicaciones con los acreedores, escritos y comparecencias. Tú recibes información en cada hito, en lenguaje claro.

Con la solicitud presentada y admitida cambian dos cosas en tu día a día. La primera, que las gestiones pasan por el despacho: cuando un acreedor o una agencia de cobro llame, puedes remitirles a nosotros. La segunda, que el juzgado puede acordar la suspensión de determinadas ejecuciones que pesen sobre ti, incluidos los embargos en marcha. No es automático ni inmediato, pero es el punto en el que la presión empieza a bajar.

Durante esta fase puede intervenir un administrador concursal, cuyos honorarios están incluidos en el precio cerrado que te damos al principio. En la mayoría de los casos no tienes que ir al juzgado: el procedimiento es principalmente escrito y, si te citan, vas acompañado y preparado.

4. Adiós a tus deudas

Cuando el juez acuerda la exoneración, las deudas incluidas dejan de ser exigibles y puedes rehacer tu vida financiera sin esa carga.

A partir de ese momento el acreedor ya no puede reclamarte lo exonerado ni mantener embargos por esa deuda. Quedan fuera las deudas que la ley excluye o limita, y la exoneración es personal: no libera a quien te avaló ni a un codeudor.

Hay un último trámite que mucha gente no hace y conviene no olvidar: salir de los ficheros de morosos no es automático, hay que pedirlo. Te explicamos cómo y a quién se reclama.

Dentro del procedimiento hay dos vías de exoneración, y cuál encaja en tu caso se decide en el primer paso, con tus números delante.

Tu vivienda

¿Qué pasa con la casa?

Es la primera pregunta de casi todo el mundo, y no se pierde la casa automáticamente: depende de la vía que encaje y de si la hipoteca está al corriente. Antes de dar ningún paso te decimos qué esperar en tu caso.

Aquí lo explicamos con detalle: qué pasa exactamente con tu vivienda habitual.

Sin coste: te decimos con claridad cómo queda tu vivienda en tu situación real.

Qué debes presentar

Qué documentación hace falta

No hace falta que lo tengas todo el primer día. Te ayudamos a conseguirlo y, si te viene bien, puedes traerla al despacho en Cartagena. Cada documento, cómo se pide y quién lo consigue está en qué documentación hace falta.

  • DNI o NIE en vigor
  • Informe CIRBE del Banco de España
  • Listado de deudas y acreedores con importes
  • Nóminas, pensión o justificantes de ingresos
  • Últimas declaraciones de la renta
  • Extractos bancarios recientes
  • Informe de vida laboral

El CIRBE y la vida laboral se piden por internet y llegan en minutos; los extractos bancarios antiguos son lo que más suele tardar. Si algún documento no aparece, lo solicitamos nosotros en tu nombre.

Comprobar si tengo caso

Plazos reales

Cuánto tarda cada fase

En nuestros casos el procedimiento completo se mueve en torno a los 9 meses de media, pero ese número dice poco por sí solo: hay fases que dependen de ti, otras de nosotros y otras del juzgado. Esto es lo que suele ocurrir en cada tramo, y lo desglosamos con plazos reales en cuánto tarda la Ley de Segunda Oportunidad.

  1. Fase 1

    Estudio de viabilidad

    De la llamada a la respuesta, normalmente el mismo día o al siguiente

    Es el paso más rápido y el único que no depende de nadie más que de nosotros dos. Una conversación por teléfono suele bastar para saber si hay caso.

  2. Fase 2

    Reunir la documentación

    Entre dos y seis semanas, según lo que tardes tú

    Esta fase la marcas tú. Quien tiene los papeles a mano cierra el expediente en quince días; quien tiene que pedir vida laboral, CIRBE y extractos antiguos tarda más. Es el tramo en el que más se puede ganar o perder tiempo.

  3. Fase 3

    Presentación y admisión

    Depende del juzgado que te toque

    Una vez presentada la solicitud, el calendario deja de estar en nuestras manos. Los tiempos de admisión varían mucho de un partido judicial a otro y de su carga de trabajo.

  4. Fase 4

    Tramitación hasta la resolución

    Unos 9 meses de media en nuestros casos, contando desde el inicio

    Es una orientación y no un compromiso. Hay expedientes que van más rápido y otros que se alargan, sobre todo si un acreedor se opone o si hay que aportar documentación adicional.

Ninguno de estos plazos es un compromiso: los marcan el juzgado y la documentación disponible. Lo que sí hacemos es decirte en qué punto está tu expediente cada vez que se mueve, sin que tengas que perseguirnos.

Reparto de tareas

Qué hacemos nosotros y qué tienes que hacer tú

La mayor parte del trabajo es nuestra, pero hay una parte que solo puedes hacer tú y conviene saberlo desde el principio para que nada se quede parado.

Lo que hacemos nosotros

  • Estudiar tu caso y decirte con franqueza si es viable, antes de que firmes nada.
  • Darte un precio cerrado por escrito, con todos los costes incluidos.
  • Pedir por ti la documentación que no puedas conseguir tú.
  • Ordenar y verificar el listado de acreedores con los importes correctos.
  • Redactar y presentar la solicitud y todos los escritos del procedimiento.
  • Hablar con los acreedores y con el juzgado en tu nombre.
  • Avisarte en cada hito, en lenguaje claro y sin que tengas que preguntar.

Lo que tienes que hacer tú

  • Contarnos tu situación completa, también lo que incomoda: avales, bienes compartidos, ventas recientes.
  • Reunir los documentos que te pidamos, en el plazo que puedas.
  • Avisarnos si tu situación cambia: un nuevo embargo, un cambio de trabajo, una deuda que no habías mencionado.
  • No asumir deuda nueva mientras el procedimiento está en marcha.
  • Si se aprueba un plan de pagos, cumplirlo. Es la parte que depende enteramente de ti.

Lo que no hacemos, y conviene decirlo, es prometer resultados. La exoneración la acuerda un juez y nadie puede garantizártela de antemano. Lo que sí está en nuestra mano es preparar el expediente bien, contarte la verdad en cada momento y no cobrarte por un caso que no vemos viable.

Cuánto cuesta

Un importe único y cerrado

Te damos el importe en la llamada y por escrito antes de firmar, con honorarios, tasas, notaría e IVA dentro; el procurador va aparte. El estudio previo no tiene coste y puedes pagar al contado o a plazos.

precio cerrado, sin sorpresas

Empieza por un estudio de viabilidad: te escuchamos, revisamos tus números y te decimos con claridad qué puedes hacer. Si lo prefieres, puedes hablar con nosotros antes de decidir.

Empieza por un estudio de viabilidad

Te escuchamos, revisamos tus números y te decimos con claridad qué puedes hacer. Sin compromiso.

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